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Ayudas paréntesis - Plan RESISTIR Tercera convocatoria

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Ayudas paréntesis - Plan RESISTIR Tercera convocatoria

Desde el día 14/10/2021 hasta el día 27/10/2021

Término de Presentación de Solicitudes. 10 días hábiles, a contar desde el día siguiente a la fecha de publicación en el BOP desde el día 14/10/2021 hasta el día 27/10/2021

Ayudas económicas para autónomos/AS y microempresas, que han sufrido pérdidas en el año 2020 debido a la pandemia de la covid-19

DEFINICIÓN.

Ayuda para los/as autónomos/as y microempresas, que tengan su actividad y/o razón social a Sedaví, que han sufrido pérdidas en el año 2020 por la pandemia de la COVID – 19, habiendo el negocio sufrido disminución  de beneficios (Diferencia de Resultados o sufrido disminución de beneficios (Diferencia de Resultados o Diferencia de Rendimiento) en el año 2020, con respecto al año 2019.

Se otorgará una ayuda por negocio, que puede oscilar entre 2.000 y 4.000 euros. Se otorgará un mínimo de 2.000 euros asignados al/ a la autónomo/a o negocio, más 200 euros por cada trabajador/a, hasta el tope de 4,000 euros.  

REQUISIToS DE LOS BENEFICIARIOS (ARTICULO 4 DE LAS BASES REGULADORAS)

   El negocio ha de tener su domicilio social y/o ubicación física en el municipio de Sedaví, la actividad debe ser desarrollada por un/a autónomo/a o microempresa con un máximo de 10 trabajadores/as. El autónomo/a o empresa ha de estar dado de alta con fecha anterior al 14/10/2021; deberá acreditar disminución de beneficios en el ejercicio 2020, en comparación con el 2019, y además, con carácter general, se deberá siempre cumplir lo que se disponga en el Articulo 14 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.

EXCLUSIONES

En general, las exclusiones contempladas en el Articulo 13.2, de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.

SOLICITUD y DOCUMENTACIÓN (ARTICuLo 6 DE LaS BASeS REGULADORaS)

  1. Solicitud: Sede Electrónica.
  2. Escritura de la Constitución de la personalidad jurídica.
  3. Documento 036 ó 037.
  4. Certificado acreditativo de la situación de alta en Seguridad Social o Mutua correspondiente.
  5. Poder notarial, que acredite la representación del representante legal, en su caso.
  6. Justificante de titularidad de cuenta bancaria. Para ello, puede aportarse:
    • Mantenimiento de terceros relleno, firmado y sellado por la entidad bancaria.
    • Certificado expedido por medio de banca electrónica.
  7. Facturas y/o elementos probatorios en derecho que justifiquen la realización de los conceptos subvencionables y la documentación acreditativa del pago de estos.
  8. Listado – resumen de los gastos aportados. Usar la hoja de cálculo que se adjunta como plantilla.
  9. Justificación de pérdidas económicas:
    • Autónomos en régimen de estimación directa: Modelo 100 de los años 2019 y 2020.
    • Autónomos en régimen de módulos: Modelo 100 de los años 2019 y 2020.
    • Sociedades anónimas, limitadas y similares: Modelos 200 de los años 2019 y 2020.
    • Comunidades de bienes: Modelos 184 presentados en enero de 2020 y enero de 2021; Modelo 100 de los años 2019 y 2020.

PROCEDIMiENTo DE CONCESIÓN

Estas ayudas se articularán a través de un sistema de concesión directa al cual podrán acceder todas las actividades que cumplan los   requisitos expuestos en el articulo correspondiente de las presentes bases.  

REQUISITOS DE LA SOLICITUD    

Se ha de firmar la solicitud

Se permiten personas solicitantes que sean personas físicas

Se permiten personas solicitantes que sean personas jurídicas

GASTOS SUBVENCIONABLES      

Entre otros, se aceptarán como gastos subvencionables, cuotas de autónomos, arrendamientos, compras de mercancías y aprovisionamientos, suministros, gastos de personal en sueldos, salarios y cuotas de Seguridad Social, gastos de intereses de hipotecas vinculados al local comercial, otros gastos corrientes de la actividad. Los gastos deberán como mínimo cubrir el importe de la subvención al que se tenga derecho, según número de trabajadores/as de la empresa. Se admitirán gastos realizados y pagados entre el 1/04/2020 y el 27/06/2021.  

Documentación

Plantillas de documentos a presentar

Requisitos de la instancia

  • La instancia deberá ser firmada
  • Permite interesados que sean personas físicas
  • Permite interesados que sean personas jurídicas
  • Permite interesados que sean personas físicas representadas por otra persona física
El plazo de solicitud está actualmente cerrado
AJUNTAMENT DE SEDAVÍ - P4622500I
Plaça Jaume I, nº 5
46910 Sedaví (València)
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