Ayuda para los/as autónomos/as y microempresas, que tengan su actividad y/o razón social a Sedaví, que han sufrido pérdidas en el año 2020 por la pandemia de la COVID – 19, habiendo el negocio sufrido disminución de beneficios (Diferencia de Resultados o sufrido disminución de beneficios (Diferencia de Resultados o Diferencia de Rendimiento) en el año 2020, con respecto al año 2019.
Se otorgará una ayuda por negocio, que puede oscilar entre 2.000 y 4.000 euros. Se otorgará un mínimo de 2.000 euros asignados al/ a la autónomo/a o negocio, más 200 euros por cada trabajador/a, hasta el tope de 4,000 euros.
El negocio ha de tener su domicilio social y/o ubicación física en el municipio de Sedaví, la actividad debe ser desarrollada por un/a autónomo/a o microempresa con un máximo de 10 trabajadores/as. El autónomo/a o empresa ha de estar dado de alta con fecha anterior al 14/10/2021; deberá acreditar disminución de beneficios en el ejercicio 2020, en comparación con el 2019, y además, con carácter general, se deberá siempre cumplir lo que se disponga en el Articulo 14 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.
En general, las exclusiones contempladas en el Articulo 13.2, de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.
Estas ayudas se articularán a través de un sistema de concesión directa al cual podrán acceder todas las actividades que cumplan los requisitos expuestos en el articulo correspondiente de las presentes bases.
Se ha de firmar la solicitud
Se permiten personas solicitantes que sean personas físicas
Se permiten personas solicitantes que sean personas jurídicas
Entre otros, se aceptarán como gastos subvencionables, cuotas de autónomos, arrendamientos, compras de mercancías y aprovisionamientos, suministros, gastos de personal en sueldos, salarios y cuotas de Seguridad Social, gastos de intereses de hipotecas vinculados al local comercial, otros gastos corrientes de la actividad. Los gastos deberán como mínimo cubrir el importe de la subvención al que se tenga derecho, según número de trabajadores/as de la empresa. Se admitirán gastos realizados y pagados entre el 1/04/2020 y el 27/06/2021.